Once causales para extinción de dominio se propone en proyecto de Ley

Fiscal. Carlos Baca expuso su propuesta el miércoles a la Comisión de Justicia.
Fiscal. Carlos Baca expuso su propuesta el miércoles a la Comisión de Justicia.

Fiscal Carlos Baca dijo que es necesario que Ecuador cuente con una Ley de extinción de dominio.

Como una herramienta fundamental para luchar contra el crimen organizado calificó el fiscal Carlos Baca a su proyecto de Ley de extinción de dominio, que entregó a la Asamblea para su tratamiento en la Comisión de Justicia, donde explicó los alcances de esta normativa.

El funcionario recordó que Ecuador es subscritor de convenios internacionales que establecen la necesidad de incorporar en las legislaciones de los países miembros normas que permitan combatir la corrupción y citó a países como Bolivia, Argentina, Guatemala, Colombia, entre otros, que tienen incorporadas en sus normativas figuras de extinción de dominio. “Es una figura que le dota al Estado de un marco de lucha en contra de todas las formas de criminalidad organizada”, dijo.

El Dato
Según el Fiscal con la aplicación de esta normativa se podrá saber dónde están y a quiénes pertenecen bienes adquiridos de forma irregular; ya sea por crimen organizado, corrupción, terrorismo, entre otros.En esencia, esta figura jurídica busca identificar los bienes de origen o destinación ilícita y, a través de un debido proceso, restituir esos bienes al Estado. En Ecuador fue propuesta en 2008 por el entonces fiscal Washington Pesántez, pero nunca llegó a aprobarse.

Esta vez, Baca confía en que la Asamblea analice a profundidad su propuesta, que consta de 53 artículos, 2 disposiciones generales, 3 reformatorias y una transitoria.

En al artículo 20 se establecen 11 causales para la extinción de dominio. Entre estas cuando el bien o los bienes provengan directa o indirectamente de una actividad ilícita o delictiva en Ecuador o en el extranjero; cuando exista incremento patrimonial de toda persona, natural o jurídica, relacionada directa o indirectamente con una persona investigada o sometida a una acción de extinción de dominio, en virtud de las actividades ilícitas o delictivas y que exista información razonable que dicho incremento tiene origen en esas actividades irregulares.

Está Ley permitirá atacar la sustancia económica de las infracciones. Le dará al Estado las herramientas para llegar a la columna vertebral de todos los delitos relacionados al crimen organizado”.Carlos Baca Mancheno.Fiscal General de la NaciónAdemás cuando los bienes o negocios hayan sido utilizados para el cometimiento de la infracción; cuando se trate de bienes de una sucesión hereditaria si el causante adquirió dichos bienes por actividades ilícitas, entre otras.

Los criterios

Para la asambleísta Lourdes Cuesta (CREO) existen contradicciones en la propuesta y que algunas de las causales pueden atentar al debido proceso.

“Esta Ley tiene un montón de inconstitucionalidades”, dijo. Por eso recomendó que se revise la normativa ya que todos quieren luchar contra la corrupción, pero sin atentar contra la Constitución.

Luis Fernando Torres (PSC) comentó que es un proyecto interesante con un respeto del proceso jurídico pero que debe ser analizado con detenimiento. “Sobre todo para empatar el proceso sumario al que se refiere el proyecto sujeto al Código Orgánico General de Procesos con la fórmula procesal que se está presentado”. Agregó que se debe buscar una legislación que no vulnere derechos pero que sea efectiva a la hora de extinguir el dominio.

La presidenta de la Comisión de Fiscalización, Marcela Aguiñaga (PAIS), coincidió en que el proyecto debe ser revisado y debatido a profundidad ya que, por ejemplo, se plantea que en materia civil se extienda la responsabilidad y competencias a la Fiscalía. “Por otro lado (se plantea) que en caso de sobreseimiento, igual se puede extinguir el dominio sobre los bienes. Me parece que eso atentaría con el principio básico de inocencia que está garantizada en nuestra Constitución”, refirió. (HCR)