Ley de Extinción de Dominio será sometida a votación hoy en el Legislativo

Imagen del pleno de la Asamblea Nacional previo a la pandemia del covid-19.

El objetivo de esta normativa es recuperar los recursos obtenidos de la corrupción en favor del Estado. Su aprobación se definirá hoy en la Asamblea.

Hoy es un día clave para la Ley de Extinción de Dominio. La Asamblea Nacional tiene en sus manos su aprobación, cuyo objetivo es la recuperación de bienes de origen ilícito u obtenidos mediante actos de corrupción.

El presidente subrogante del Parlamento, César Solórzano, convocó a las 11:00 de hoy, al Pleno para la votación sobre el texto final, el cual deberá reunir el beneplácito de al menos 70 legisladores, cantidad que se considera como de mayoría absoluta.

Si eso ocurre, el proyecto pasará al Ejecutivo para su análisis. El presidente, Lenín Moreno, tendrá 30 días para emitir el veto parcial o total de la propuesta. De no hacerlo en ese tiempo, esta se promulgará en el Registro Oficial.

El Legislativo tiene el mismo lapso para tramitar el veto, si es que este es parcial. Si es total, el texto entra en el ‘congelador’ durante un año, tal y como ocurrió con el Código Orgánico de la Salud.

Herramienta necesaria

Héctor Muñoz, asambleísta independiente, dijo que la aprobación de esta Ley de Extinción de Dominio es urgente, pues los operadores de justicia requieren de una herramienta para recuperar los bienes en favor del Estado.

Frente a la hipótesis de que esta propuesta violentaría la presunción de inocencia, explicó que el texto sí contempla un proceso con dos fases: el de la investigación, a cargo de la Fiscalía y la judicial. “La única forma para que se pueda extinguir el dominio de los bienes es a través de una sentencia”, dijo.

No atenta derechos

El asambleísta Raúl Tello, presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, encargada de pulir el texto final, explicó que esta propuesta no restringe derechos de propiedad privada de los ciudadanos.

 Explicó que la Constitución no reconoce el dominio de un bien si este fue obtenido desde la corrupción.

 El legislador insistió además que tampoco vulnera la presunción de inocencia, pues lo que esta Ley busca es perseguir los bienes y no a las personas.

 Para Tello, si se mantiene la dinámica de los dos debates previos, la votación estaría dividida en los bloques de la Revolución Ciudadana y de PAIS. (FLC)

Observaciones desde lo penal

Pablo Encalada, experto en derecho penal, cuestionó el principio de retrospectividad que sugiere la Ley de Extinción de Dominio, es decir, que se pueda intervenir en hechos que ocurrieron antes de que la norma entre en vigencia.

La Asamblea ofreció aprobar esta propuesta de Ley antes de finalizar 2020. Para el penalista, lo adecuado hubiera sido mejorar los procesos administrativos de control de medidas cautelares, que muchas veces no son aplicadas luego de que un juez las ordena. “La Ley ya contempla medidas como la prohibición de enajenar bienes, la retención, la incautación”, indicó.

Encalada propuso, además, el mejoramiento de los procesos de ejecución de las sentencias para que en el mismo fallo, el juez pueda establecer la extinción de dominio o el comiso.

“Es necesario que se delimite el alcance del principio de retrospectividad para que los operadores de justicia lo tengan claro”. Héctor Muñoz, asambleísta independiente.