Arcotel exige identificación de llamadas comerciales, publicitarias o proselitistas

Situación. Con esta normativa los ciudadanos podrán identificar cuando una empresa llama para ofrecer sus servicios.
Situación. Con esta normativa los ciudadanos podrán identificar cuando una empresa llama para ofrecer sus servicios.

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), expidió el 20 de febrero del 2020 la Resolución No. 074, en la cual se establece el procedimiento que permite la implementación de la política para la identificación de llamadas de venta directa, informativas, comerciales, publicitarias o proselitistas que se realicen en las plataformas de las operadoras del Servicio Móvil Avanzado en el país.

Este procedimiento cuenta con mecanismos y lineamientos que debieron ser implementados en las plataformas de la telefonía móvil hasta junio del año pasado, de tal manera que las operadoras móviles y las personas naturales o jurídicas de todos los sectores puedan transparentar las llamadas que realicen y que los abonados, clientes o usuarios puedan identificar dichas llamadas o exigir su derecho a no recibirlas.

Con la expedición de esta normativa, las llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista solo podrán efectuarse a quienes hayan dado su autorización previa y expresa. Cada empresa que desee realizar este tipo de llamadas gestionará la autorización de sus clientes o usuarios, observando el artículo 82 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y la normativa expedida por Arcotel.

Dentro de los parámetros planteados en la normativa, se establece que las operadoras del Servicio Móvil Avanzado, personas naturales o jurídicas que realicen llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista deberán utilizar números previamente identificados. Para esto, generarán un número único, por sector, según el siguiente listado.

• Bancos, Cooperativas, Tarjetas de Crédito y Seguros: Identificador ‘Finanzas’

• Actividad Turística, oferta de paquetes, viajes, aerolíneas y otros similares: Identificador: ‘Turismo’.

• Venta de productos varios (de uso personal, comida, libros, muebles, inmuebles y otros afines): Identificador: ‘Venta’

• Proselitismo: Identificador ‘Proselitismo’.

• Prestadores del Servicio Móvil Avanzado: identificador por cada prestador del servicio.

Los usuarios podrán denunciar ante la Arcotel los números celulares de los cuales provienen llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista, que no se encuentren debidamente identificados. En caso de que los números reportados no consten en el registro serán suspendidos definitivamente por la operadora del Servicio Móvil Avanzado correspondiente. (RMC)