Servicios artísticos culturales no cancelarán IVA

AUTORIDAD. Guadalupe Macas, directora provincial del SRI en Zamora Chinchipe.
AUTORIDAD. Guadalupe Macas, directora provincial del SRI en Zamora Chinchipe.

Mediante decreto ejecutivo 829, el presidente de la República estableció el listado de servicios artísticos y culturales que se gravarán con tarifa cero por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Guadalupe Macas, directora del IESS en Zamora Chinchipe, explica que en los próximos días iniciarán la socialización a los contribuyentes.

“Existen contribuyentes que tendrán dudas, pero explico que con esto se pretenderá dinamizar la economía y poder impulsar a los promotores culturales dentro de la provincia”, aseguró Macas.

La firma de este decreto está amparada en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Cultura, donde se dispone que se creen estrategias que promuevan el desarrollo del sector cultural, a través de medidas tales como incentivos y estímulos para que las personas, instituciones y empresas inviertan, apoyen, desarrollen y financien procesos, servicios y actividades artísticas y culturales.

Para aplicar la tarifa cero en IVA por estos servicios, los prestadores deben estar registrados en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales, que según información del Ministerio de Cultura y Patrimonio, registra hasta junio a 8.490 usuarios aceptados en todo el país.

Servicios

Los servicios que no marcarán IVA son los de preproducción y montaje museográfico; de composición musical o de escultura; de organización, producción y presentación de espectáculos artísticos y culturales; de preproducción, producción y post-producción audiovisual (incluidos los de animación, creación de imágenes, titulada, subtitulada, doblaje, efectos visuales); de composición, edición, preproducción, producción y post producción en el ámbito musical, fonográfico y sonoro; de grabación de actividades artísticas y culturales en vivo; bibliotecarios o bibliotecólogos; de la publicación, edición, traducción, impresión y comercialización de libros (se incluye estos servicios relacionados con los textos digitales); especializados de fotografía; de investigación relacionados a la cultura, las artes, el patrimonio y la memoria social. Para la aplicación de la tarifa cero por ciento, los prestadores de estos servicios deberán estar obligatoriamente inscritos en el RUC con la actividad económica relacionada a dichos servicios.